LA FIGURA DEL TASADOR Y SU NORMATIVA.

Las tasaciones podrán ser realizadas tanto por:
- Sociedades de tasación.
- Servicios de tasación e entidades de crédito.
- Un profesional homologado.
Cumpliendo ambos los requisitos de independencia y veracidad en la Ley 2/1981 (mod. Por la Ley 41/2007) en RD 775/1997, 25 mayo sobre régimen jurídico de los servicios y sociedades de tasación.
Dicha normativa desarrolla principios y reglas según los tasadores deben trabajar:
- Hay reglas específicas según los requisitos de homologación, obligación de inscripción en registro oficial de las sociedades de tasación, independencia y secreto, y régimen e supervisión legal.
- Tasador podrá emitir informe de tasación hipotecaria, aunque no tenga documentación registral del inmueble, si bien dicho informe deberá estar condicionado a la aportación de dicha documentación.
- El tasador deberá disponer de la documentación registral del inmueble objeto de tasación, ya sea copia de las escrituras de la propiedad del mismo o nota simple emitida por registro. La documentación deberá ser aportada en el informe de tasación y en caso de la nota simple no deberá tener una antigüedad superior a tres meses entre el momento de su emisión y la fecha de emisión del informe de tasación.
- El incumplimiento con la regulación sería considerado una ruptura de la ley, que podría resultar en pena o sanción muy grave, grave o leve (definidas en normativa).
- El seguro de responsabilidad civil es uno de los requisitos legales, que deben cumplir las entidades de tasación para obtener y mantener la homologación. El tasador es directamente responsable de cualquier responsabilidad de orden civil que pudiera derivarse de la tasación, respondiendo frente al cliente por su posible negligencia profesional o sus empleaos, sin perjuicio de la responsabilidad personal de la persona encargada de realizar la tasación según RD 775/1997, 30/05/1997 y la ley 2/1981.
- Los tasadores profesionales, independientemente si pertenecen a sociedades de tasación o a servicios de tasación internos de las entidades de crédito, deberá poseer título universitario en arquitectura y/o ingeniería, y estar especializado en un determinado tipo de propiedad.
- Las entidades de tasación (internas o externas) deberán estar registradas en el Banco de España y están sometidas a su supervisión (RD 775/1997)
- La ley 41/2007, por su parte, establece los requisitos de independencia entre el tasador y la entidad de crédito, así como un sistema sancionador en caso de no cumplimiento.
Si quiere más información sobre las tasaciones, les recomendamos el artículo anterior de nuestro blog sobre tasaciones y la diferencia de tasación y valoración.
Grupo Inmobiliario Guijarro y Asociados.
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- septiembre 4, 2020
- 11:48 AM
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