¿Qué es el aval?

Un aval es un activo que una persona presta como garantía para cumplir con una obligación a la que se quiere comprometer.
La fianza se da con anterioridad al préstamo para emitir confianza sobre una obligación que se ha contraído. Decimos que es una garantía que el obligado pone a disposición como promesa de pago de deuda.
El obligado presenta un bien como fianza o promesa de pago y esa sería la garantía. En caso que el titular no pagara el bien podría pasar a ser del prestamista, sólo en el caso, que no cumpliera con el pago de la deuda.
¿Para qué se utiliza el aval?
El aval se utiliza para dar seguridad jurídica en una transacción. Si el titular que adquiere el bien no paga y no tiene una garantía como es el aval, podría no cumplir la deuda y no tener consecuencias.
Avalista, beneficiario y avalado
Existen tres figuras fundamentales en estas transacciones mercantiles:
Avalista.
Es la persona u organización que se hará cargo de la obligación con garantías en caso de que la persona avalada fallara en sus obligaciones. Es el garante de las obligaciones del avalado.
Beneficiario.
Será la persona o institución que reciba la cuantía del aval en caso de cese de obligaciones.
Avalado.
Persona que ha obtenido el aval que garantiza a la otra parte el abono de sus obligaciones en caso de cualquier deuda.
¿Quién puede ser avalista?
Cuando pedimos una hipoteca, crédito, muchas veces debemos dejar avales que que tengan la intención de pagar, y si no lo hiciera, el prestamista podrá quedarse con algún bien del prestatario que garantice el cobro de parte de su crédito.
Es bastante normal que el aval que se presenta como garantía sea un bien de una tercera persona, que al autorizar el uso de sus bienes como garantía se convierte en el avalista de esa transacción.
Si alguien que no pueda pagar la hipoteca de su vivienda o el crédito solicitado y adjudicado, el prestamista irá a pedir el respaldo dado por el avalista en favor del avalado, ya sea con un inmueble u otro activo.
¿Qué tipos de aval existen?
Aval personal:
Sería una tercera persona, la cual asume pago de la deuda en caso de que el avalado no pudiera afrontarlo.
Aval bancario:
El banco avala y se hace cargo de la deuda, si el avalado no pudiese hacer frente a la misma con una 3º persona.
El cliente paga una cantidad mensual al banco para que lo avale y le cubra el impago en caso que sea necesario.
Fuentes: Prestamopedia y Economopedia.
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- diciembre 1, 2020
- 10:00 AM
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